Este derecho se llama de accesión. 702.- En el caso previsto en el artÃculo 697, si el cónyuge presente entrare como heredero en la posesión provisional, se observará lo que ese artÃculo dispone. 08 DE ENERO DE 2018) 1824.- El que paga el daño causado por sus sirvientes, empleados u operarios, puede repetir de ellos lo que hubiere pagado. Art. Art. El Juez deberá de formular un aviso de testamento a la Dirección del Archivo General de NotarÃas y al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, quienes a su vez remitirán tal aviso al Registro Nacional de Avisos de Testamento por vÃa electrónica, con los datos indicados en el artÃculo 1199 Bis del Código Civil para el Estado de Nuevo León. También lo es la que está inscrita en el Registro de la Propiedad. 2027.- Las mejoras que el que enajenó hubiese hecho antes de la enajenación, se le tomarán a cuenta de lo que debe pagar, siempre que fueren abonadas por el vencedor. Art. Art. I.- Cuando no hay tutor testamentario, ni cautelar, ni persona a quien conforme a la ley corresponda la tutela legÃtima; II.- Cuando el tutor testamentario esté impedido temporalmente de ejercer su cargo, y no hay ningún pariente de los designados en el artÃculo 483. Art. 837.- No es lÃcito ejercitar el derecho de propiedad de manera que su ejercicio no dé otro resultado que causar perjuicios a un tercero, sin utilidad para el propietario. Art. Art. Es incausado cuando cualquiera de los cónyuges lo solicita sin necesidad de señalar la razón que lo motiva y por mutuo consentimiento, cuando se solicita de común acuerdo en forma judicial o administrativa en los términos de este Código, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado y de la Ley del Registro Civil del Estado. El plazo legal correrá desde el dÃa en que el primero se presente por sà o por apoderado legÃtimo, o desde aquél en que por sentencia que cause ejecutoria se haya deferido la herencia. 402.- (DEROGADO, P.O. 2145.- Los contratantes pueden convenir en que el precio sea el que corre en dÃa o lugar determinados o el que fije un tercero. Art. 717.- En este caso, los coherederos o sucesores se considerarán como poseedores provisionales o definitivos de los bienes que por la herencia debÃan corresponder al ausente, según la época en que la herencia se defiera. 1746.- En el caso del artÃculo anterior, cada uno de los herederos responderá de la parte de la pena que le corresponda, en proporción a su cuota hereditaria. Art. 2242.- Las donaciones serán inoficiosas en cuanto perjudiquen la obligación del donante de ministrar alimentos a aquellas personas a quienes los debe conforme a la ley. (REUBICADO Y REFORMADA SU DENOMINACIÃN, P.O. 144.- Las acciones a que se refiere el artÃculo que precede, sólo pueden ejercitarse dentro de un año, contado desde el dÃa de la negativa a la celebración del matrimonio. 1143.- En el caso previsto por el artÃculo que precede, el acreedor solo podrá exigir a los deudores que no prescribieren, el valor de la obligación, deducida la parte que corresponda al deudor que prescribió. 572.- El tutor no puede aceptar para sà a tÃtulo gratuito u oneroso, la cesión de algún derecho o crédito contra el incapacitado. 2154.- Habrá lugar a la rescisión si el vendedor presentare el acervo como de especie homogénea, y ocultare en él especies de inferior clase y calidad de las que están a la vista. Art. 164. 1618.- El albacea sólo puede dar en arrendamiento hasta por un año los bienes de la herencia. Es aplicable lo dispuesto en el artÃculo 970, en lo que se refiere a la forma para dar el aviso de enajenación y al tiempo para hacer uso del derecho del tanto. Art. 1760.- Antes de que esté prestado el servicio o cumplida la condición, podrá el promitente revocar su oferta, siempre que la revocación se haga con la misma publicidad que el ofrecimiento. 1302.- La declaración a que se refiere el artÃculo precedente no se requiere, respecto de las mejoras necesarias, útiles o voluntarias hechas en el mismo predio. 15 DE ABRIL DE 2011) (ADICIONADO, P.O. (REFORMADO, P.O. (REFORMADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000) 2588.- Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio. Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a tal efecto solventarán sus alimentos y los de sus hijas o hijos, sin perjuicio de distribuirse la carga económica en la forma y proporción que acuerden según sus posibilidades. En el reconocimiento de una hija o hijo hecho con posterioridad a su registro de nacimiento, se levantará acta por separado, siendo necesario recabar su consentimiento para ser reconocido si es mayor de edad; si es menor de edad, pero mayor de catorce años, su consentimiento y el de la persona que lo tenga bajo su custodia; si es menor de catorce años, el consentimiento de quien lo tenga bajo su custodia. La demora en el pago del precio lo constituirá en la obligación de pagar réditos al tipo legal sobre la cantidad que adeude. En cualquier otro caso serán pagados a prorrata. Art. La pensión alimenticia se fijará de acuerdo con lo prevenido en el artÃculo 311. y 3o. En éste caso, el Oficial del Registro Civil dará cuenta a la autoridad judicial de Primera Instancia que corresponda, y suspenderá todo procedimiento hasta que esta resuelva. 599.- El tutor será igualmente indemnizado, según el prudente arbitrio del juez, del daño que haya sufrido por causa de la tutela y en desempeño necesario de ella, cuando no haya intervenido de su parte culpa o negligencia. Art. P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000) 1381.- Es nula la institución de heredero o legatario hecha en memorias o comunicados secretos. (REFORMADO, P.O. Art. WebArtículo 1910 del Código Civil. Primero.- En el caso de que desaparezca el costo porcentual promedio, y en tanto se realice el cambio normativo al respecto, se aplicará el que lo sustituyó o en su defecto el que más se le aproxime. 1404.- Se prohibe a los notarios y a cualesquiera otras personas que hayan de redactar disposiciones de última voluntad, dejar hojas en blanco y servirse de abreviaturas o cifras, bajo la pena de quinientos pesos de multa a los notarios y de la mitad los que no lo fueren. 1258.- La carga de hacer alguna cosa se considera como condición resolutoria. (REFORMADO, P.O. Art. 1008.- El usufructuario, dada la fianza, tendrá derecho a todos los frutos de la cosa desde el dÃa en que, conforme al tÃtulo constitutivo del usufructo, debió comenzar a percibirlos. 1627.- El interventor no puede tener la posesión ni aún interina de los bienes. Art. Por lo que se refiere a las adopciones hechas con anterioridad que no contengan todos los datos del ArtÃculo 86, se probarán por medio de Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Información Ad-Perpetuam. 2250.- Salvo que el donador dispusiere otra cosa, las donaciones que consistan en prestaciones periódicas se extinguen con la muerte del donante. Art. 27 DE MAYO DE 2015) 1662.- La venta de bienes hereditarios para el pago de deudas y legados, se hará en pública subasta; a no ser que la mayorÃa de los interesados acuerde otra cosa. Los Oficiales que no cumplan con estas prevenciones serán sancionados como lo establece el artÃculo 81. 1412.- (DEROGADO, P.O. 1163.- La prescripción no puede comenzar ni correr contra los incapacitados, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a las leyes. DE LA DECLARACION UNILATERAL Si el testador hubiere fijado la pensión alimenticia, subsistirá su designación, cualquiera que sea, siempre que no baje del mÃnimo antes establecido. (REFORMADO, P.O. 1053 Bis IX.- La prescripción no puede comenzar, ni corre entre el propietario y el superficiario. 2057.- Los actos celebrados por un deudor en perjuicio de su acreedor, pueden anularse, a petición de éste, si de esos actos resulta la insolvencia del deudor, y el crédito en virtud del cual se intenta la acción, es anterior a ellos. Art. 21 Bis VI.- El estado, la capacidad y el estatuto de las personas fÃsicas se rigen por el derecho vigente en su domicilio. Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. 2 DE AGOSTO DE 1991) 725.- La constitución del Patrimonio de la Familia no hace pasar la propiedad de los bienes que a él quedan afectos, del que lo constituye, a los miembros de la familia beneficiaria. (REFORMADO Y REUBICADO, P.O. 21 DE JULIO DE 1997) Art. Art. 1891.- Si la cosa hubiere perecido, o la prestación se hubiere hecho imposible sin culpa de los deudores solidarios, la obligación quedará extinguida. Art. 1545.- La división de la herencia se suspenderá hasta que se verifique el parto o hasta que transcurra el término máximo de la preñez; mas los acreedores podrán ser pagados por mandato judicial. Art. 761.- Cuando se use de las palabras mueble o bienes muebles de una casa, se comprenderán los que formen el ajuar y utensilios de ésta, y que sirven exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, según las circunstancias de las personas que la integren. (REFORMADO P.O. 08 DE ENERO DE 2018) Art. Art. 285.- En el divorcio incausado, los diversos juicios en trámite o resueltos mediante convenio o sentencia respecto de las consecuencias jurÃdicas del mismo, tendrán fuerza vinculante entre las partes y en todo caso deberá estarse a sus actuaciones judiciales, salvo lo dispuesto por el artÃculo 279 de este Código. 2856.- El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes, con excepción de aquellos que, conforme a la ley, son inalienables o no embargables. Tampoco pueden desempeñarse por personas que tengan entre sà parentesco en cualquier grado de la lÃnea recta, o dentro del cuarto grado de la colateral. (REFORMADO, P.O. 27 DE JUNIO DE 2012) Lo mismo se observará con el precio que se obtuviere en el caso de ocupación por causa de utilidad pública o de venta judicial. VI).- Cumplidos los anteriores requisitos el Fraccionador podrá proceder a dar de baja ante las autoridades correspondientes, el lote que por falta de escrituración siga a su nombre. Capítulo segundo: Mora. Si la elección es del deudor, éste cumple entregando la cosa. III.- Público simplificado, (ADICIONADA, P.O., 13 DE OCTUBRE DE 2000) Art. Art. Art. Art. N. DE. Art. Art. 28 DE MARZO DE 2018) 904.- No tendrá lugar lo dispuesto en el artÃculo anterior si el propietario usa del derecho que le concede el Art. Art. 2720.- El fiador que paga debe ser indemnizado por el deudor, aunque éste no haya prestado su consentimiento para la constitución de la fianza. 167. TITULO SÃPTIMO 05 DE DICIEMBRE DE 2014) 21 Bis I.- Para la solución de situaciones jurÃdicas que requieran la aplicación de normas conflictuales, se aplicará el orden jurÃdico que tenga la más estrecha relación con ellas. Art. (REFORMADO PRIMER PÃRRAFO, P.O. 9 DE FEBRERO DE 1996) P.O. 863.- El mismo derecho tienen respecto a las aves domésticas en los campos en que hubiere tierras sembradas de cereales u otros frutos pendientes, a los que pudieren perjudicar aquellas aves. 2649.- La aparcerÃa de ganados dura el tiempo convenido. 05 DE FEBRERO DE 2014) 1694.- La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. 278.- Al decretarse el divorcio incausado se declarará que la obligación alimentaria subsiste para los padres en relación con sus hijas e hijos; la pensión alimenticia en caso de no quedar establecida en la sentencia de divorcio, se fijará y asegurará en la vÃa incidental o el juicio autónomo a elección del acreedor, excepto lo establecido en el ArtÃculo 285 de este Código. (REFORMADO, P.O. Si no se obtuviere la información que se requiera para aplicar el derecho extranjero a un caso determinado en el plazo que discrecionalmente se fije por la autoridad, se aplicará en su lugar el derecho local, observándose en cada caso las circunstancias especÃficas que exijan reducción del plazo hasta determinar la aplicación inmediata del derecho local, asà como para el dictado de providencias precautorias. Cuando el Oficial del Registro Civil sospeche que quien o quienes presenten al menor de edad, atestigüe falsamente, enviará las constancias al Ministerio Público, para los fines a que haya lugar y avisará a la ProcuradurÃa de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Nuevo León, suspendiendo el trámite hasta en tanto se resuelva. Prohibición al probable responsable de acercarse al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, al domicilio de las y los ascendientes y descendientes o cualquier otro que frecuente la vÃctima de cien hasta quinientos metros según determine la autoridad; III. Art. 375.- La hija o hijo mayor de edad no puede ser reconocido sin su consentimiento, ni el menor sin el de su tutor si lo tiene, o el del tutor que el juez le nombrará especialmente para el caso. 420.- Los ascendientes que ejerzan la patria potestad en forma conjunta, tendrán autoridad y consideraciones iguales en dicho ejercicio; por lo tanto, de común acuerdo arreglarán todo lo relativo a la formación y educación de los menores y a la administración de los bienes que a éstos pertenezcan. 608.- La obligación de entregar los bienes no se suspende por estar pendiente la rendición de cuentas. 941.- Todo copropietario tiene derecho para obligar a los partÃcipes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común. 47.- El estado civil de las personas solo se comprueba con las copias certificadas de las actas del Registro Civil. 1490.- Los testamentos hechos en paÃs extranjero, producirán efecto en el Estado cuando hayan sido formulados de acuerdo con las leyes del paÃs en que se otorgaron. DE LOS PREDIOS ENTRE LOS QUE ESTA CONSTITUIDA Art. Art. 687.- En el caso del artÃculo 682, cada heredero dará la garantÃa que corresponda a la parte de bienes que administre. Art. Art. Art. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y perjuicios en ambos casos. Art. Ejercerán una sobrevigilancia sobre el conjunto de los actos del tutor, para impedir por medio de disposiciones apropiadas, la transgresión de sus deberes. 2409.- El comodato termina por la muerte del comodatario. Art. (REFORMADO, P.O. Art. 1275.- El testamento otorgado legalmente será válido, aunque no contenga institución de heredero y aunque el nombrado no acepte la herencia o sea incapaz de heredar. 1725.- Es imposible el hecho que no puede existir porque es incompatible con una ley de la naturaleza o con una norma jurÃdica que debe regirlo necesariamente y que constituye un obstáculo insuperable para su realización. Art. 637.- La nulidad a que se refieren los artÃculos anteriores, solo puede ser alegada, sea como acción, sea como excepción, por el mismo incapacitado o por sus legÃtimos representantes; pero no por las personas con quienes contrató ni por los fiadores que se hayan dado al constituirse la obligación, ni por los mancomunados en ella. 842.- Nadie puede construir cerca de una pared ajena o de copropiedad, fosos, cloacas, acueductos, hornos, fraguas, chimeneas, establos; ni instalar depósitos de materias corrosivas, máquinas de vapor o fábricas destinadas a usos que puedan ser peligrosos o nocivos, sin guardar las distancias prescritas por los reglamentos, o sin construir las obras de resguardo necesarias con sujeción a lo que prevengan los mismos reglamentos, o a falta de ellos, a lo que se determine por juicio pericial. 906.- Los dueños de las heredades, confinantes con las lagunas o estanques, no adquieren el terreno descubierto por la disminución natural de las aguas, ni pierden el que éstas inunden con las crecidas extraordinarias. 8o.- Queda abrogado el Código Civil que comenzó a regir el primero de mayo de mil novecientos nueve, y las leyes que se hayan expedido sobre la materia común de que se ocupa este Código; pero continuarán aplicándose transitoriamente las disposiciones de la legislación civil anterior, cuando asà lo exprese la presente ley o cuando su aplicación sea necesaria para que no se violen derechos adquiridos. 08 DE ENERO DE 2018. Art. Art. 13 DE OCTUBRE DE 2000) 30 Bis I.- Salvo disposición legal en contrario, la minorÃa de edad, el estado de interdicción y las demás manifestaciones de incapacidad establecidas por la ley, son restricciones a la capacidad de ejercicio. El acta de nacimiento surte efectos de reconocimiento de la hija o hijo en relación a los progenitores que aparezcan en el acta, cuando se asienten los nombres de éstos conforme a lo dispuesto por el ArtÃculo 62. 421.- Mientras estuviere la hija o el hijo en la patria potestad, no podrá dejar la casa de los que la ejercen, sin permiso de ellos o decreto de la autoridad competente. 27 DE MAYO DE 2015) Art. Art. 01 DE ENERO DE 1982) Art. (ADICIONADO, P.O. 08 DE ENERO DE 2018) Art. Art. Art. 2110.- Aun cuando la obligación anterior esté subordinada a una condición suspensiva, solamente quedará la novación dependiente del cumplimiento de aquella, si asà se hubiere estipulado. Art. Lo mismo tiene lugar respecto de los herederos de aquel que haya contraÃdo una obligación indivisible. Art. Art. 08 DE ENERO DE 2018) Art. En este supuesto, el juez, en vista de las circunstancias, podrá decretar la pérdida de la patria potestad sobre los demás menores respecto de quienes la ejerzan; (REFORMADA, P.O. Dicho fondo se distribuirá entre los 51 municipios del Estado, para lo cual cada Municipio recibirá por año el equivalente al monto que resulte de multiplicar la cantidad establecida anualmente en la Ley de Egresos del Estado conforme al párrafo que antecede. 306.- Los hermanos y demás parientes colaterales a que se refiere el artÃculo anterior, tienen obligación de dar alimentos a los menores, mientras éstos llegan a la edad de dieciocho años. 2427.- El depositario no puede retener la cosa, aun cuando al pedÃrsela no haya recibido el importe de las expensas a que se refiere el artÃculo anterior; pero sà podrá, en este caso, si el pago no se le asegura, pedir judicialmente la retención del depósito. Art. 63. Art. (REFORMADO, P.O. Art. Art. 1819.- Ni los padres ni los tutores tienen obligación de responder de los daños y perjuicios que causen los incapacitados sujetos a su cuidado y vigilancia, si probaren que les ha sido imposible evitarlos. 1033.- Si el pleito interesa al mismo tiempo al dueño y al usufructuario, contribuirán a los gastos en proporción de sus derechos respectivos, si el usufructo se constituyó a tÃtulo gratuito; pero el usufructuario en ningún caso estará obligado a responder por mas de lo que produce el usufructo. 5 DE FEBRERO DE 1997) 13 DE OCTUBRE DE 2000) 1614.- Si para el pago de una deuda u otro gasto urgente, fuere necesario vender algunos bienes, el albacea deberá hacerlo, de acuerdo con los herederos, y si esto no fuere posible, con aprobación judicial. TITULO CUARTO, (REFORMADO CON LOS ARTÃCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. (REFORMADA, P.O. Art. 182.- Son nulos los pactos que los esposos hicieren contra las leyes o los naturales fines del matrimonio. 1004.- El donador que se reserva el usufructo de los bienes donados, está dispensado de dar la fianza referida, si no se ha obligado expresamente a ello. Art. 2395.- El comodatario adquiere el uso, pero no los frutos y accesiones de la cosa prestada. 770.- Los bienes destinados a un servicio público, y los bienes propios, pertenecen en pleno dominio a la Federación, a los Estados o a los Municipios; pero los primeros son inalienables e imprescriptibles, mientras no se les desafecte del servicio público a que se hallen destinados. 1206.- Se hará constar en acta formal el resultado del reconocimiento. Art. (REFORMADO, P.O. 1457.- El que guarde en su poder el duplicado de un testamento, o cualquiera que tenga noticia de que el autor de una sucesión ha depositado algún testamento ológrafo, lo comunicará al juez competente, quien pedirá al encargado de la oficina del Registro en que se encuentre el testamento, que se lo remita. 496.- El tutor dativo será designado por el menor si ha cumplido dieciséis años. 01 DE FEBRERO DE 2021) 13 DE OCTUBRE DE 2000) Art. 08 DE ENERO DE 2018) Sin llenar estos requisitos, las alteraciones no producirán efecto contra tercero. Ãnico.- El presente Decreto entrará en vigor al dÃa siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León. Art. 656.- Tienen acción para pedir el nombramiento de depositario o de representante, el Ministerio Público, o cualquiera a quien interese tratar o litigar con el ausente o defender los intereses de éste. 1273.- La pensión alimenticia es carga de la masa hereditaria, excepto cuando el testador haya gravado con ella a alguno o algunos de los partÃcipes de la sucesión. 664.- Será removido del cargo de representante, el que deba serlo del de tutor. *N. de E.: Ver Resolución recaÃda a la Acción de Inconstitucionalidad 29/2018, dictada por el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fecha 19 de febrero de 2019 y publicada en el P.O. Art. Art. Art. Art. 991.- Si el usufructo comprende cosas que no pueden usarse sin consumirse, el usufructurario tendrá el derecho de consumirlas, pero está obligado a restituÃrlas, al terminar el usufructo, en igual género, cantidad y calidad. Art. 70.- Si el nacimiento ocurriere a bordo de un transporte nacional aéreo o marÃtimo, los interesados harán extender una constancia del hecho, en que aparecerán las circunstancias a que se refieren los artÃculos del 58 al 66, en su caso, y solicitaran que las autorice el Capitán o patrono de la embarcación y dos testigos que se encuentren a bordo, expresándose, si no las hay, esta circunstancia. 1871.- En los casos de los dos artÃculos que preceden, el acreedor está obligado al pago de los daños y perjuicios. Art. Art. Art. Art. Art. Art. Art. 1513.- Si solo hubiere padre o madre, el que viva sucederá a la hija o hijo en toda la herencia. 14 DE DICIEMBRE DE 2016) Art. CAPITULO III. Art. 2356.- Si el contrato se celebra por un término fijo, la renta se pagará al vencerse el plazo, salvo convenio en contrario. Art. 500.- A los menores de edad que no estén sujetos a patria potestad, ni a tutela testamentaria o legÃtima, aunque no tengan bienes, se les nombrará tutor dativo. 1295.- Si el legatario muere antes de aceptar un legado y deja varios herederos, puede uno de estos aceptar y otro repudiar la parte que le corresponda en el legado. En este caso, no se le podrá separa (sic) de su lado, a menos que consienta en entregarlo o que fuere obligada a hacer la entrega por sentencia ejecutoriada. 1557.- Los efectos de la aceptación o repudiación de la herencia se retrotraen siempre a la fecha de la muerte de la persona a quien se hereda. Puede enajenar, arrendar y gravar su derecho de usufructo; pero todos los contratos que celebre como usufructuario terminarán con el usufructo. Si el predio sirviente se divide entre muchos dueños, la servidumbre no se modifica, y cada uno de ellos tiene que tolerarla en la parte que le corresponda. Art. III.- Ológrafo, II.- (DEROGADA, P.O. Este convenio no puede perjudicar los derechos de tercero. Tratándose de bienes muebles, cesará la preferencia si hubieren sido inmovilizados; IX.- Los créditos anotados en el Registro de la Propiedad, en virtud de mandamiento judicial, por embargos, secuestros o ejecución de sentencias, sobre los bienes anotados y solamente en cuanto a créditos posteriores. Los pactos particulares entre el deudor y cualquiera de sus acreedores serán nulos. Art. 28 DE ABRIL DE 2004) 462.- Salvo el caso de la administración, la tutela no podrá conferirse sin que previamente se declare en los términos que dispone el Código Procesal de la materia, el estado de incapacidad de la persona que vá a quedar sujeto a ella. 1636.- Para prorrogar el plazo del albaceazgo, es indispensable que hayan sido aprobadas las cuentas del albacea, y que la prórroga la acuerde una mayorÃa que represente las dos terceras partes de la herencia. 13 DE OCTUBRE DE 2000) (REFORMADO, P.O. ARTICULO PRIMERO:- El presente Decreto entrará en vigor a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León. Art. Art. Artículo ... La renuncia al saneamiento es nula cuando el transferente actúa con dolo o culpa inexcusable respecto a la existencia de vicios del bien al momento de celebrarse el contrato o de pactarse la renuncia. 14 DE DICIEMBRE DE 2016) 1030.- Si el propietario hiciere la anticipación por su cuenta, el usufructuario pagará el interés del dinero, según la regla establecida en el artÃculo 1022. Art. 14 DE ENERO DE 2009) Art. Art. 13 DE OCTUBRE DE 2000) 01 DE ENERO DE 1982) 1088.- Las disposiciones concernientes al paso de las aguas, son aplicables al caso en que el poseedor de un terreno pantanoso quiera desecarlo o dar salida por medio de cauces a las aguas estancadas. 2215.- Tratándose de bienes ya inscritos en el Registro Público y cuyo valor no exceda de la suma referida en el ArtÃculo 2211, cuando la venta sea al contado y sin condición o modalidad alguna, puede transmitirles el dominio por endoso puesto en el certificado de propiedad que el registrador tiene obligación de expedir al vendedor a cuyo favor están inscritos los bienes. 1852.- El plazo se presume establecido en favor del deudor, a menos que resulte, de la estipulación o de las circunstancias, que ha sido establecido en favor del acreedor o de las dos partes. 1994.- La consignación se hará siguiéndose el procedimiento que establezca el Código de la materia. Art. DEC. 524. 2540.- Los porteadores responden del daño causado a las personas por defecto de los conductores y medio de transporte que empleen; y este defecto se presume siempre que el empresario no pruebe que el mal aconteció por fuerza mayor o por caso fortuito que no le puede ser imputado. 1181.- El heredero adquiere a tÃtulo universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantÃa de los bienes que hereda. Art. Estar en el comercio. Art. 544.- Si los pupilos indigentes no tienen personas que estén obligadas a alimentarlos, o si teniéndolas no pudieren hacerlo, el tutor, con autorización del juez, quien oirá el parecer del curador y del Consejo Local de Tutelas, pondrá al pupilo en un establecimiento de beneficencia pública o privada en donde pueda educarse. La misma regla se aplicará a la oferta hecha por teléfono, por medios electrónicos, ópticos o a través de cualquier otro medio tecnológico que permita la expresión de la oferta y la aceptación de ésta en forma inmediata. 1217.- En los casos de intestado, los descendientes del incapaz de heredar conforme al artÃculo 1213, heredarán al autor de la sucesión, no debiendo ser excluidos por la falta de su padre; pero éste no puede, en ningún caso, tener en los bienes de la sucesión, el usufructo, ni la administración que la ley acuerda a los padres sobre los bienes de sus hijas e hijos. Art. Art. 2870.- Los gastos judiciales hechos por un acreedor, en lo particular, serán pagados en el lugar en que deba serlo el crédito que los haya causado. Art. Art. 158.- Disuelto el matrimonio por divorcio o por nulidad, la mujer podrá contraer nuevas nupcias, subsistiendo las presunciones a que aluden los artÃculos 324 fracción II y 334 de este Ordenamiento. Art. 57.- Las declaraciones de nacimiento se harán presentando al menor ante el Oficial del Registro Civil o solicitando la comparecencia del mismo al lugar donde se encuentre el menor. En caso de resistencia de los otros propietarios, se arreglarán por medio de peritos las condiciones necesarias para que la nueva obra no perjudique los derechos de aquellos. Art. (REFORMADO, P.O. 1253.- Cuando la condición fuere casual o mixta, bastará que se realice en cualquier tiempo, vivo o muerto el testador, si éste no hubiere dispuesto otra cosa. 2024.- Si el adquirente fuere condenado a restituÃr los frutos de la cosa, podrá exigir del que enajenó la indemnización de ellos o el interés legal del precio que haya dado. Art. 07 DE DICIEMBRE DE 2013) 05 DE DICIEMBRE DE 2014) Art. Art. 1107.- Sólo pueden constituir servidumbres las personas que tienen derecho de enajenar; los que no pueden enajenar inmuebles sino con ciertas solemnidades o condiciones, no pueden sin ellas, imponer servidumbres sobre los mismos. Art. Art. 1339.- Lo dispuesto en el artÃculo que precede se observará también en el legado de una fianza, ya sea hecho al fiador, ya al deudor principal. 2732.- El fiador que pide el beneficio de división, sólo responde por la parte del fiador o fiadores insolventes, si la insolvencia es anterior a la petición y ni aun por esa misma insolvencia, si el acreedor voluntariamente hace el cobro a prorrata sin que el fiador lo reclame. 2601.- El socio excluÃdo es responsable de la parte de pérdidas que le corresponda, y los otros socios pueden retener la parte del capital y utilidades de aquél, hasta concluir las operaciones pendientes al tiempo de la declaración, debiendo hacerse hasta entonces la liquidación correspondiente. 1136.- Para los efectos de los artÃculos 826 y 827 se dice legalmente cambiada la causa de la posesión, cuando el poseedor que no poseÃa a tÃtulo de dueño comienza a poseer con este carácter y en tal caso la prescripción no corre sino desde el dÃa en que se haya cambiado la causa de la posesión. (ADICIONADO, P.O. 1130.- Si entre los propietarios hubiere alguno contra quien por leyes especiales no pueda correr la prescripción, ésta no correrá contra los demás. Remember me on this computer. Art. 101.- El acta será firmada por el Oficial del Registro Civil, los contrayentes, los testigos y las demás personas que hubieren intervenido. 1849.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el dÃa, la obligación será condicional y se regirá por las reglas que contiene el CapÃtulo que precede. 1548.- Habiendo albacea nombrado, él deberá promover la reclamación a que se refiere el artÃculo precedente, y siendo moroso en hacerlo, los herederos tienen derecho de pedir su remoción. 1895.- Cualquier acto que interrumpa la prescripción en favor de uno de los acreedores o en contra de uno de los deudores, aprovecha o perjudica a los demás. 107.- Las denuncias de impedimento pueden hacerse por cualquiera persona. 5 DE ENERO DE 1983) 05 DE DICIEMBRE DE 2014) 01 DE ENERO DE 1982) Art. Art. 13 DE OCTUBRE DE 2000) Si alguno de ellos resultare insolvente, la parte de éste recaerá sobre todos en la misma proporción. 1526.- A falta de descendientes, ascendientes y hermanos, el cónyuge sucederá en todos los bienes. 319.- En los casos en que los que ejerzan la patria potestad gocen de la mitad del usufructo de los bienes de la hija o el hijo, el importe de los alimentos se deducirá de dicha mitad, y si ésta no alcanza a cubrirlos, el exceso será de cuenta de los que ejerzan la patria potestad. 1245.- Si la condición que era imposible al tiempo de otorgar el testamento, dejare de serlo a la muerte del testador, será válida. 935.- Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenecen pro-indiviso a varias personas. (REFORMADO, P.O. 2066.- Es también anulable el pago hecho por el deudor insolvente, antes del vencimiento del plazo. 803.- Todo poseedor debe ser mantenido o restituÃdo en la posesión contra aquéllos que no tengan mejor derecho para poseer. Art. El recuperante tiene derecho de repetir contra el vendedor. 2092.- El fiador, antes de ser demandado por el acreedor, no puede oponer a éste la compensación del crédito que contra él tenga, o con la deuda del deudor principal. 11 DE JUNIO DE 1993) P.O. Art. 666.- A los tres meses, del dÃa que corresponda a aquél en que hubiere sido nombrado el representante, se publicarán nuevos edictos en los términos previstos en el artÃculo 649. ÃNICO.- El presente Decreto entrara en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. 2360.- Cuando los muebles se alquilaren con separación del edificio, su alquiler se regirá por lo dispuesto en este CapÃtulo. 903.- Si los materiales, plantas o semillas pertenecen a un tercero que no ha procedido de mala fé, el dueño del terreno es responsable subsidiariamente del valor de aquellos objetos, siempre que concurran las dos circunstancias siguientes: I.- Que el que de mala fé empleó materiales, plantas o semillas, no tenga bienes con qué responder de su valor; II.- Que lo edificado, plantado o sembrado aproveche al dueño; Art. 2382.- Cuando haya prórroga en el contrato de arrendamiento, y en los casos de que hablan los dos artÃculos anteriores, cesan las obligaciones otorgadas por un tercero para la seguridad del arrendamiento, salvo convenio en contrario. Art. Art. Art. Art. La obligación renace si la confusión cesa. ArtÃculo 417 Bis 3.- La ProcuradurÃa de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Nuevo León, podrá determinar la incorporación de una niña, niño o adolescente a una familia de acogida, en los casos siguientes: (REFORMADA, P.O. 6o.- La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla. Art. Art. Art. 135.- La cancelación de una acta del estado civil tendrá lugar por falsedad, cuando se alegue que no aconteció el suceso o hecho motivo del registro. 459.- No pueden ser nombrados tutores o curadores las personas que desempeñen el Juzgado y las que integren los Consejos Locales de Tutelas; ni los que estén ligados con parentesco de consanguinidad con las mencionadas personas, en la lÃnea recta, sin limitación de grados, y en la colateral dentro del cuarto grado inclusive. Art. 13 DE OCTUBRE DE 2000). Exceptúase el caso en que se trate de cosas propias del mandante. 15 DE ABRIL DE 2011). (REFORMADO, P.O. 1984.- Cuando se paga el capital sin hacerse reserva de réditos, se presume que éstos están pagados. 1751.- Las cláusulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas. (ADICIONADO, P.O. 08 DE ENERO DE 2018) Art. V.- Por abandono del menor durante un plazo de más de ciento ochenta dÃas naturales, aún cuando no se comprometa su salud, seguridad o moralidad; (REFORMADA, P.O. Art. 2093.- El fiador puede utilizar la compensación de lo que el acreedor deba al deudor principal; pero éste no puede oponer la compensación de lo que el acreedor deba al fiador.
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