Según el TC, el derecho a la motivación de las resoluciones administrativas consiste en el derecho a la certeza, que supone la garantía de todo administrado a que las sentencias estén motivadas, es decir, que exista un razonamiento jurídico explícito entre … 5.1.3. N.º 00728-2008-PHC/TC, Régimen de la prueba indiciaria en el ejercicio de las potestades administrativas y penales, Informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente No. 5.3.3. Está fuera de toda duda que se viola el derecho a una decisión debidamente motivada cuando la motivación es inexistente o cuando la misma es … WebClasificación de los Vicios de Motivación (Caso Llamoja) «... en el Exp. perspectiva de su corrección lógica o desde su coherencia narrativa. En el marco de la investigación por el delito de homicidio simple seguido contra Dennis Alexander Sifuentes Bernal, culminada la etapa preparatoria el once de julio de dos mil catorce, el representante del Ministerio Público presentó el requerimiento de acusación (folio 2), argumentando –en síntesis– que el imputado realizó actos que acreditarían que victimó a la agraviada motivado por su disconformidad con el embarazo de esta, ya que no quería asumir dicha responsabilidad. Derecho a la verdad en las Américas. Los hechos que son objeto de investigación y eventual acusación tienen un fundamento que reposa en la causalidad como fenómeno naturalístico. En segundo lugar, la Sala Superior, sostiene la causa de muerte en una posible asfixia, señalando que en el levantamiento del cadáver se advirtió escoriaciones en el cuello y tórax de la occisa, lo que hizo presumir tanto al efectivo instructor como al médico que participara en el levantamiento, que podía darse como causa de muerte la asfixia y, en tercer lugar, por cuanto en el dictamen de necropsia se consigna que la occisa no presenta livideces en la cara, pero en el Atestado Policial se consigna que el cadáver presenta livideces. Por tanto, conviene subrayar qué se entiende por el derecho a la motivación de las resoluciones fiscales; de esta manera, TC peruano ha señalado en reiterada jurisprudencia 68 que el derecho a la debida motivación de las decisiones fiscales comporta que los representantes del Ministerio Público, al resolver las causas, describan o expresen las razones o justificaciones objetivas … Anuncio Documentos relacionados SEÑOR J UEZ DE POLICÍA LOCAL G R A N E R O S Yo _____ Artículo … “Disnea, broncorrea, edema pulmonar, tos, vómitos, dolor abdominal, diarrea, incontinencia fecal, braquicardia, hipotensión opresión torácica, cianosis, sudación, sialorrea, lagrimeo, miosis, visión borrosa, incontinencia urinaria, fasciculaciones, palidez, debilidad, taquicardia, calambres, hipertensión, mareo, temblor, cefalea, ansiedad-nerviosismo, depresión a nivel de conciencia, depresión respiratoria, parálisis respiratoria, coma, convulsiones, agitación; signos que no son descritos en el protocolo de necropsia, por tanto, respecto a la conclusión de hiperactividad colinérgica, es insustentable, mucho más que dichos signos se encuentran en personas vivas y no en personas muertas, por tanto, según la ciencia médica, la histopatología, es decir, el examen microscópico de los tejidos de las vísceras, no es una prueba complementaria, sino, es la ampliación de la visión de los órganos mediante el microscopio (…). Uno de los principales cambios, (por los daños … La falta de motivación interna del razonamiento [defectos internos de la motivación] se presenta en una doble dimensión; por un lado, cuando existe invalidez de una inferencia a partir de las premisas que establece previamente el Juez en su decisión; y, por otro lado, cuando existe incoherencia narrativa, que a la postre se presenta como un discurso absolutamente confuso incapaz de transmitir, de modo coherente, las razones en las que se apoya la decisión. Nº 3943-2006-PA/TC) y antes en el voto singular de los magistrados Gonzáles … Obtenida en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Derecho-Verdad-es.pdf derecho a la motivación de la sentencia (incongruencia omisiva). La sentencia condenatoria antes mencionada fue impugnada por el sentenciado Dennis Alexander Sifuentes Bernal el tres de enero de dos mil diecisiete (folio 609 del cuaderno de debate). Lo expuesto permitirá tener certeza de aquello que produjo la muerte, descartando un proceso natural de uno iniciado por la acción de un tercero (esto ratifica la relevancia del derecho a la verdad). Masson 2004, p. 189. El Acuerdo Plenario antes citado señala que: “[…] el juez no puede “descalificar” el dictamen pericial desde el punto de vista científico, técnico, artístico ni modificar las conclusiones del mismo fundándose en sus conocimientos personales. Relevante en el acápite “descripción de lesiones”, en donde se precisa del hallazgo de “excoriaciones en el cuello, región anterior, presumible por presión; excoriaciones simples superficiales en la región dorsal, lado derecho e izquierdo” (folio 6 del expediente judicial). Institution: Pontificia Universidad Católica del Perú. Sobre esto, no existe motivación alguna que descarte tal afirmación, necesaria en la medida que se trata de un conocimiento ajeno a la actividad jurisdiccional y por lo tanto, de obligatorio pronunciami. do el Colegiado Superior al acusado por un homicidio presuntivamente por asfixia, que no fue objeto de la imputación. 5.4.4. Si un Juez al fundamentar su decisión: 1) ha establecido la existencia, de un daño; 2) luego, a llegado a la conclusión de que el daño ha sido causado, por "X", pero no ha dado razones sobre la vinculación del hecho con la, participación de "X" en tal supuesto, entonces estaremos ante una carencia de, justificación de la premisa fáctica y, en consecuencia, la aparente corrección, formal del razonamiento y de la decisión podrán ser enjuiciadas por el juez, [constitucional] por una deficiencia en la justificación externa del razonamiento, Hay que precisar, en este punto y en línea de principio, que el hábeas corpus no puede reemplazar la actuación del juez ordinario en la valoración de los medios de prueba, actividad que le corresponde de modo exclusivo a éste, sino de, para respaldar el valor probatorio que se le confiere a determinados hechos; bien, tratándose de problemas de interpretación, para respaldar las razones jurídicas, que sustentan determinada comprensión del derecho aplicable al caso. CASO: … Y pese a que el certificado de necropsia se consigna estas como lesiones traumáticas, no se descarta el tema de la asfixia en este”. Cohecho : Indebida valoración de los elementos de convicción para imponer prisión preventiva. • 1994: Mala motivación, legalismo. Por otra parte, también omitió evaluar la acreditación del médico que participó en el levantamiento de cadáver, si sus credenciales en cuanto a capacitación, experiencia, especialización etc., otorgaban mayor fiabilidad que el primero, y en lo que resulta más relevante, omitió consignar cuáles fueron las declaraciones de dicho profesional (si eran simples sospechas preliminares y cuál fue el sustento de ellas), habiéndose limitado la sentencia de vista a afirmar que “las excoriaciones en el cuello y tórax de la occisa, hizo presumir al efectivo instructor como al médico que podía darse como causa de muerte la asfixia”, sin evaluar en qué medida aquellas excoriaciones llevan a la afirmación de muerte por asfixia, o a desvirtuar la apreciación del perito Saavedra Céspedes que realizó la necropsia y que afirmó que eran excoriaciones pequeñas, superficiales, que no afectaban órganos vitales como para causar la muerte; más aún, si inmediatamente se incurre en ilogicidad al afirmar contradictoriamente que este médico Henry Smith Ramos, quien participara en la diligencia de levantamiento de cadáver afirmó que “no se hizo presunción sobre la causa de la muerte de la occisa, tampoco hubo signos suficientes para determinar las causas del fallecimiento. El juicio oral se desarrolló hasta la lectura de la sentencia, conforme se precisan en las actas y audios de su propósito. La sentencia de segunda instancia confirmó la recurrida, en consecuencia, mantuvo vigente la orden de captura del acusado (folio 708 del cuaderno de debate). Siendo ello así, resulta trascendental tanto en la admisión como en el rechazo de las opiniones de los expertos, la fundamentación o la expresión de las razones de una u otra decisión, proceder en contrario convierte la decisión judicial en una manifestación de arbitrariedad, arrogancia y desdén, que no pueden ser admitidas. Se refiere, básicamente, al mínimo de motivación exigible atendiendo a las razones de hecho o de derecho indispensables para asumir que la decisión está debidamente motivada. b. Protocolo de Necropsia N.° 0050-2010, del once de septiembre de dos mil diez, documento elaborado por el médico legista Juan Alberto Saavedra Céspedes, quien concluye como causas de muerte las siguientes: i) Edema cerebral-pulmonar; ii) Congestión multiorgánica; iii) Hiperactividad colinérgica; iv) Intoxicación por envenenamiento. Se trata de información que eventualmente permitirá descartar o afirmar que en el lugar en donde se encontró el cuerpo es donde en realidad se ejecutó el delito. No existe motivación suficiente en la sentencia de vista, pues si bien sustentó la condena en la declaración de la agraviada, que se vio corroborada por otros medios de prueba, estos no resultan concluyentes y suficientes para responder a los estándares propios de la motivación adecuada, en tanto no se consideró que no Webmotivada cuando la motivación es inexistente o cuando la misma es solo aparente, en el sentido de que no da cuenta de las razones mínimas que sustentan la decisión o de que … Nº 4602-2006-PA/TC. Para el desarrollo de los dos temas admitidos, es necesario partir por afirmar que la legitimidad de toda decisión judicial radica en la motivación de esta, es decir, la expresión del razonamiento judicial sobre los hechos materia del proceso, los medios probatorios actuados y el sustento jurídico que llevan al juez a emitir una decisión. La valoración de la prueba científica no puede fundamentarse en criterios personales, sesgados e indiferentes a las ciencias en que se fundamenta, Lo anterior conllevó a que la sentencia de vista infrinja el principio de congruencia, al identificar como causa de muerte un hecho que no fue considerado en la acusación (esta fue por envenenamiento y la sentencia de vista, con el fin de subsanar la omisión de primera instancia, concluyó con poca claridad que se trató de asfixia), Las sentencias también afectaron el derecho de los familiares de la víctima a conocer las causas exactas que produjeron la muerte, El recurso de casación interpuesto por Dennis Alexander Sifuentes Bernal fue calificado el doce de abril de dos mil dieciocho (folio 99 del cuadernillo formado en esta instancia), y se declaró bien concedido al amparo del numeral 4, del artículo 429, del Código Procesal Penal, por ilogicidad en la motivación, y para el desarrollo de doctrina jurisprudencial de los siguientes tema, La necesidad de establecer la causa de la muerte en los procesos donde se juzga la presunta comisión del delito de homicidio, sobre la base de pruebas científicas, El razonamiento probatorio o inferencia de la prueba por indicios necesariamente debe llevar al juzgador al grado de conocimiento certero para determinar la responsabilidad penal del procesad, El veintitrés de octubre de dos mil veinte se llevó a cabo la audiencia de casación, oportunidad en la cual la defensa técnica de Dennis Alexander Sifuentes Bernal sustentó la casación interpuesta reiterando su pretensión que se establezca como doctrina jurisprudencial que el razonamiento probatorio o inferencia probatoria de la prueba por indicios para determinar la responsabilidad penal, necesariamente deba llevar al juzgador al grado de conocimiento a nivel de certeza y no solamente a la posibilidad o probabilidad, advirtiendo la necesidad de determinar la causa y la forma de muerte sobre la base científica, Al culminar la audiencia se realizó la deliberación de la causa en sesión reservada, luego, se efectuó la votación en la que se obtuvieron los votos necesarios para la emisión de la presente sentencia de casación, cuya lectura ha sido programada para el día de la fecha, Como todo delito, el homicidio también puede ser cometido en la clandestinidad, en un escenario en el que la materialización del dolo puede relevar la presencia de todo testigo privilegiado o directo. Esta Corte Suprema reconoce el valor de los conocimientos científicos y en ese sentido ha emitido diversos pronunciamientos, entre los que destacamos: a. El Acuerdo Plenario N.° 2-2007/CJ-116: sobre el valor probatorio de la pericia no ratificada, donde se reconoce el carácter complejo de este tipo de documentos (pericias)8. b. El Acuerdo Plenario N.° 1-2009/CJ-116: rondas campesinas y derecho penal, reconociendo en la antropología una ciencia válida para resolver aspectos de orden cultural9. Se pudo observar a un costado del cadáver una botella de “Tuvalu” (nombre de la marca de un refresco), que el imputado y las tres personas que lo acompañaron (quienes no han sido individualizadas) habrían dejado en el lugar para hacer creer que la agraviada se suicidó (tesis plantada por el imputado); sin embargo, debe tenerse en cuenta que los resultados de los estudios toxicológicos practicados a la botella y a los órganos de la agraviada (riñón, cerebro, estomago, paredes gástricas), dieron negativo. Se trata, en ambos casos, de identificar, el ámbito constitucional de la debida motivación mediante el control de los, argumentos utilizados en la decisión asumida por el Juez o Tribunal; sea desde la. WebVI.- HABEAS CORPUS POR INDEBIDA MOTIVACIÓN A FAVOR DE GIULANA LLAMOJA La demanda de Habeas Corpus interpuesto por Flor de Maria Giulana Llamoja Hilares, … 17 Del seis de septiembre de dos mil cinco, cuarto fundamento jurídico. 5.4.2. Así, sostiene como tesis de imputación que el imputado viajó a la ciudad de Huánuco con la agraviada, con la finalidad de convencerla que se practique un aborto. … INTRODUCCIÓN. Además, como indicamos, es fundamental esclarecer aquello que produjo la muerte y, por excelencia, es imprescindible conocer no solo las razones que se expresan en un certificado de necropsia, sino también, de aquellas ciencias auxiliares a las que se recurrió para esclarecer las causas que provocaron la muerte, Al abordar lo relativo a la muerte, la Sala Superior concluye que esta se produce por mano ajena –lo que no es objeto de análisis definitivo a esta instancia–, y en lugar de aclarar las deficiencias en la motivación sobre la prueba científica en que incurrió la sentencia de primera instancia, señala con poca claridad que, considerando que no se ha descartado la asfixia (atendiendo que el acta de levantamiento del cadáver describe lesiones en el cuello), esta sería la causa de muerte. La motivación se presenta en este caso como una garantía para validar las premisas de las que parte el Juez o Tribunal en sus decisiones. 7.4. 2.6. WebGiulana Llamoja Hilares, Exp.0728-2008-PHC/TC, como similarmente se expuso en el (Exp. En cuanto a los vicios en la motivación postulados por la parte impugnante, se tiene en consideración que el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el expediente N.° 00728-2008-HC/TC, caso Giuliana Llamoja Hilares, ha precisado que se vulnera el deber de motivación ante la: a) Inexistencia de motivación o motivación aparente; b) Falta de motivación interna del razonamiento; c) Deficiencias en la motivación externa; justificación de las premisas; d) La motivación insuficiente; y e) La motivación sustancialmente incongruente3. Ello implica que el derecho a la verdad acarrea la obligación de los Estados de esclarecer, investigar, juzgar y sancionar a las personas responsables de los casos de graves violaciones de derechos humanos, así como, dependiendo de las circunstancias de cada caso, garantizar el acceso a la información sobre graves violaciones de derechos humanos que se encuentran en instalaciones y archivos estatales. Siguiendo esta línea de razonamiento, en el caso concreto, debió evaluarse en principio la acreditación del profesional que emitió la pericia de necropsia, esto es los conocimientos, experiencia, especialización etc., que le permita efectuar una apreciación en este caso que la muerte fue por envenenamiento y que no había signos de violencia, excepto las excoriaciones leves superficiales que no afectaban un órgano noble vital de la occisa para que le, causara la muerte. Llevada a cabo la audiencia de apelación, el diez de mayo del mismo año el Colegiado Superior emitió sentencia de vista, a través de la cual decidió confirmar en todos sus extremos la sentencia de primera instancia que condenó a Dennis Alexander Sifuentes Bernal (folio 722 del cuaderno de debate). Esta decisión fue impugnada, vía recurso de casación excepcional, por la defensa técnica de Dennis Alexander Sifuentes Bernal para desarrollo de doctrina jurisprudencial, y como pretensión concreta solicita se declare nula la sentencia de vista (folio 779 del cuaderno de debate). 5.2.3. En delitos graves como el homicidio, emerge el derecho a la verdad como uno de relevancia transversal y que en los términos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos6, consiste en lo siguiente: En primer lugar, se reconoce el derecho de las víctimas y sus familiares a conocer la verdad con respecto a los hechos que dieron lugar a graves violaciones de los derechos humanos, así como el derecho a conocer la identidad de quienes participaron en ellos. 5.3.5. El 13 de octubre de ... Lima. En este ámbito destacan documentos como el de hallazgo, levantamiento del cuerpo, restos de objetos que pudieron ser empleados para la comisión del delito, etc. WebEL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES: REFLEXIONES A LA LUZ DEL HABEAS CORPUS A FAVOR DE GIULIANA LLAMOJA. WebDe lo cual se puede advertir que una inadecuada o indebida motivación en las resoluciones judiciales también vulneraria el Derecho al Debido Proceso y la Tutela … Ello fue objeto de cuestionamiento en el recurso de apelación (folio 626 del cuaderno de debate), y sobre el particular, la sentencia de vista (folio 728 del cuaderno de debate) abordó lo relativo a las causas de la muerte con los siguientes argumentos: “La teoría del Ministerio Público se elabora a partir de la emisión de un diagnóstico médico del Instituto de Medicina Legal, órgano de apoyo del propio Ministerio Público, a quien se recurre con la finalidad de adquirir certeza, mas este no puede privilegiarse hasta el extremo de descartar las demás evidencias recabadas en la investigación preliminar y preparatoria”. 6 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Si un Juez al fundamentar su decisión: 1) ha establecido la existencia de un daño; 2) luego, a llegado a la conclusión de que el daño ha sido causado por "X", pero no ha dado razones sobre la vinculación del hecho con la participación de "X" en tal supuesto, entonces estaremos ante una carencia de justificación de la premisa fáctica y, en consecuencia, la aparente corrección formal del razonamiento y de la decisión podrán ser enjuiciadas por el juez [constitucional] por una deficiencia en la justificación externa del razonamiento del juez. 13 Cfr. indispensable una especial justificación para el caso de decisiones de rechazo de, la demanda, o cuando, como producto de la decisión jurisdiccional, se afectan, derechos fundamentales como el de la libertad. 15 Fundamento decimoséptimo. Parte especial, tomo I. Lima, Grijley 2014, p. 131. 2.4. 5.4.1. Sobre este extremo, se tiene en cuenta que si bien las pericias no son la manifestación de una verdad incontrovertible y que en términos abstractos no se puede catalogar los medios de prueba en niveles jerarquizados y que por tanto el juez se encuentra en la facultad y en realidad en la obligación de efectuar una valoración conjunta de la prueba, pudiendo ciertamente apartarse de la prueba pericial ante la entidad y solidez de otros medios probatorios; lo trascendental en estos casos es la motivación, el razonamiento del juzgador para arribar a esta conclusión. WebSegún la demanda de hábeas corpus de autos, el objeto es que este Alto Tribunal declare: i) la nulidad de la sentencia condenatoria de fecha 26 de julio de 2006, y su confirmatoria … Esto ocurre por lo general en los casos difíciles, como los identifica Dworkin, es decir, en aquellos casos donde suele presentarse problemas de pruebas o de interpretación de disposiciones normativas. A través del Recurso de Nulidad N.° 1912- 2005/Lima, esta Corte Suprema validó su aplicación en la probanza de un determinado hecho; asimismo, estableció exigencias para validar su eficacia probatoria. motivación (sesgada, subjetiva, falaz, etc. Tenemos: a. El formato de levantamiento de cadáver del diez de septiembre de dos mil diez, redactado a las 22:45 horas, suscrito –entre otros–, por la fiscal de turno Miriam Robles Depaz, el médico legista Henry Ramos Palacios y el efectivo policial José Luis Núñez Paez. El derecho a la debida motivación de las resoluciones obliga a los órganos judiciales a resolver las pretensiones de las partes de manera congruente con los términos en que vengan planteadas, sin cometer, por lo tanto, desviaciones que supongan modificación o alteración del debate procesal (incongruencia activa). WebInforme sobre Expediente N°00728-2008-PHC/TC LIMA, Sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de octubre de 2008, caso Giuliana Llamoja Descripción del Articulo. WebMOTIVACION APARENTE 2002 STC. Ello no descarta que el primero actúe corroborando al segundo; pero de ninguna manera puede fundar responsabilidad penal. El control de la motivación también puede autorizar la actuación del juez constitucional cuando las premisas de las que parte el Juez no han sido confrontadas o analizadas respecto de su validez fáctica o jurídica. Intervino como ponente la jueza suprema AQUIZE DÍAZ. WebEl estándar de motivación según el Tribunal Constitucional. 5.3.4. ); que asimismo presentan b) manipulación de pruebas y alteración del orden de los hechos en su perjuicio. 8.3. VISTO: el recurso de casación excepcional interpuesto por el procesado Dennis Alexander Sifuentes Bernal contra la sentencia de vista del diez de mayo de dos mil diecisiete (folio 728), que confirmó la sentencia del veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis (folio 542) que lo condenó como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio simple, en perjuicio de Judith Soraida López Rivera, y le impuso doce años de pena privativa de libertad y cien mil soles por concepto de reparación civil. 2.2. 18 GARCÍA CAVERO, Percy. este derecho queda delimitado, entre otros, en los siguientes supuestos: se viola el derecho a una decisión debidamente motivada cuando la motivación, es inexistente o cuando la misma es solo aparente, en el sentido de que no da, cuenta de las razones mínimas que sustentan la decisión o de que no responde a, las alegaciones de las partes del proceso, o porque solo intenta dar un, cumplimiento formal al mandato, amparándose en frases sin ningún sustento, razonamiento [defectos internos de la motivación] se presenta en una doble, dimensión; por un lado, cuando existe invalidez de una inferencia a partir de las. COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EMITIDA EL 13 DE OCTUBRE DE 2008. Lima, veinticinco de noviembre de dos mil veinte. WebEXP. Nº 3943-2006-PA/TC y antes en el voto singular de los magistrados Gonzales Ojeda y Alva Orlandini … c) Deficiencias en la motivación externa; justificación de las premisas. d) La existencia de un consenso general de la comunidad científica interesada.12, 5.4.3. Consecuencia de ello, se concluye que: La valoración de la prueba científica, fundamentalmente del Protocolo de Necropsia N.° 0050-2010, ha sido temeraria, incompleta y carente de explicación científica, Se ha determinado que la sentencia de vista infringió el principio de congruencia entre la acusación y la sentencia, al deslizar con poca claridad como la causa de muerte un hecho que no fue considerado en la acusación, Las sentencias también afectaron el derecho de los familiares de la víctima a conocer las causas exactas que produjeron su muerte, En consecuencia, se ha incurrido en vicio que determina la nulidad no solo de la sentencia de vista, sino también de la sentencia de primera instancia, por lo que la nulidad se extiende también a esta, ordenándose la realización de un nuevo juicio oral por otro juzga, principio de congruencia entre acusación y sentencia.
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