La prescripción mata la acción pero no el derecho. Por lo que también tenemos que, la mancomunidad puede ser de acreedores, de deudores o mixta, en cuanto también puede ser inicial o sobrevenida, con lo último refiriéndose a la muerte del acreedor o deudor que deja varios herederos. Artículo 1198. - La apertura de una cuenta corriente por dos personas, estableciéndose a sola firma cualquiera de ellas puede retirar suma de dinero. OBLIGACIONES MANCOMUNADAS Y SOLIDARIAS ALUMNOS: SANCHEZ CHAVARRY. 2.5.2. Aproximación a la praxis y la constitucionalización. Las obligaciones mancomunadas son tratadas en los artículos 690 a 723 del Código Civil argentino, comprendiendo las obligaciones simplemente mancomunadas y las solidarias, ambas con más de un deudor y/o más de un acreedor. El acreedor puede pedir el resarcimiento de los daños y perjuicios al codeudor o, solidariamente, a los codeudores responsables del incumplimiento. & Calonge, N. (2015).Derecho de obligaciones. Por la novación 4. Pues, no hay posibilidad de encontrarnos con una obligación que no reúna estos criterios (Osterling y Catillo, 2008). Obligaciones de hacer y de no hacer: nociones, distinción de las obligaciones de dar. Modos de extinguir las obligaciones. En tal caso resulta claro que ni siquiera se cumple con el requisito de que las partes resultantes sean cuantitativamente proporcionales al total, aunque mantengan la igualdad cualitativa. Osterling, F.,Castillo,F. 2. Reglas aplicables. Ahora bien, el principio de divisibilidad es el que permite distinguirlas obligaciones divisibles y las indivisibles. Las fuentes de la solidaridad Para que podamos hablar de una obligación solidaria, tenemos que tener en cuenta la existencia de una pluralidad de sujetos, puesto que si solo existiese un solo acreedor y un solo deudor, no aplicaría esta denominación. - Transmisión de obligación solidaria Si muere uno de los deudores solidarios, la deuda se divide entre los herederos en proporción a sus respectivas participaciones en la herencia. 2 El no cumplimiento culposo 2 Elementos del, TEMA 5: Concepto de incumplimiento El incumplimiento de las obligaciones es una anomalía, lo normal es que las obligaciones sean cumplidas en especie y voluntariamente. Inviabilidad de pactar la divisibilidad de aquello que es indivisible Ossola citando a Vélez Sarfield:”Pero de lo de lo contrario no es posible: si la prestación no puede ser fraccionada materialmente, la obligación siempre es indivisible, y no es viable pactar la divisibilidad intelectual”. El carácter solidario de la obligación principal o del capital, se traslada también a los frutos del mismo. Consecuencias de solidaridad pasiva: 2. Será en ellas el lugar oportuno para llevar a cabo un estudio detallado de los efectos simplemente mencionados en este último apartado. Articulo 1190º. Los artículos 1172 y 1173 se inspiran en el artículo 1201 del código civil de 1936 y en el artículo 1314 del código civil italiano. (2008)”El reconocimiento es un acto voluntario y personal, sus efectos recaen sólo sobre el codeudor que lo realiza”(p.388). Principio de división. parcial, ya que si se realiza la prestación por partes se altera la esencia de la obligación. El Principio General Según Ossola siguiendo el código civil argentino: “Si solo hay deudor y un acreedor, la prestación debe ser cumplida por entero, aunque su objeto sea divisible, en donde el acreedor no está obligado a recibir pagos parciales, excepto disposición legal o convencional en contrario” (p.444). Art. Así, por ejemplo, las cuentas corrientes bancarias conjuntas, de modo que el Banco pagara el cheque librado por los titulares conjuntamente. A nuestro docente, por haber confiado en nosotros, por su gran apoyo, comprensión, paciencia y por la orientación de la elaboración de nuestra monografía DEDICATORIA A nuestros Padres por ser el pilar fundamental en todo lo que somos, en nuestra educación, tanto académica como personal, por su incondicional apoyo perfectamente mantenido a través de todo este tiempo. Concepto de mancomunidad. Si bien los bienes que eventualmente integran la prestación no son el objeto de la obligación (sino que este último es la conducta del deudor: dar hacer o no hacer), la naturaleza divisible o no de dichos bienes determina que la prestación sea o no divisible; como ocurre en el caso de las obligaciones de dar dinero (cosa divisible) o en el de las obligaciones de dar cosas ciertas (indivisibles). Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. Articulo 1204º. Pero la solidaridad también puede nacer de la ley. - Entre Los Codeudores Solidarios Entre Si. Es un documento Premium. (2008) expresa: Observamos que la aplicación del artículo 1200, para el caso en que la obligación solidaria también fuese indivisible, resultará en la mayoría de los supuestos imposible, ya que no cabría renuncia a la indivisibilidad cuando ésta proviniese de la naturaleza de. Nada obsta, en nuestra opinión, que se impute lo pagado (salvo oposición del deudor claro está) al pago de los intereses y a cuenta de capital (en ese orden), quedando un remanente insoluto, sustancialmente menor, que generara los intereses correspondientes. De manera que si, en su caso, solo se cumpliera una de dichas partes, el acreedor obtendría una satisfacción proporcional a la satisfacción total que derivaría del cumplimiento total de la prestación. En cambio, la divisibilidad en sentido amplio será relevante a la hora de apreciar la posibilidad de un pago parcial de las obligaciones (113) (naturalmente aquí se incluye también la divisibilidad en sentido estricto). de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. 2.5.4. Por último, un codeudor no debe poder aprovecharse del crédito de otro. Obligaciones Mancomunadas 1.1. Sin embargo, el supuesto más frecuente es aquella solidaridad que nace por pato. La primera, por acto mortis causa; la segunda, por acto ínter vivos. El citado numeral señala lo siguiente: Artículo 1194.- «La constitución en mora de uno de los deudores o acreedores solidarios no surte efecto respecto a los demás. De otro lado, es necesario comentar que una diferencia fundamental respecto del cumplimiento en las obligaciones indivisibles y en las solidarias, consiste en que en las primeras el deudor queda liberado pagando conjuntamente a todos los acreedores, o a alguno de ellos, si éste garantiza a los demás el reembolso de la parte que les corresponde en la obligación (argumento del segundo párrafo del artículo 1176 del Código Civil), restricción que no existe en el caso de las obligaciones solidarias, de acuerdo con lo previsto por el artículo 1185, precepto que establece que el deudor puede efectuar el pago a cualquiera de los acreedores solidarios, aun cuando hubiese sido demandado sólo por alguno. Efectos de la sentencia Resulta pertinente indicar que, aunque los límites de las resoluciones son desarrollados respecto de la noción de cosa juzgada, lo cierto es que dichos conceptos pueden hacerse extensivos, como de hecho lo hace la doctrina mayoritaria, a todas las resoluciones judiciales. Por ejemplo, en un El problema se presentaría si el deudor tiene éxito en su excepción personal. El dinero y los signos monetarios: funciones y naturaleza jurídica. Divisibilidad del objeto ................................................................................. 34 2.5.4. Así, la prescripción y la caducidad evitan que las pretensiones sean eternas y que se genere un clima permanente de incertidumbre. - Si el deudor paga la deuda; por efecto de la solidaridad; en su totalidad, dicho deudor reemplaza en el pago a sus demás codeudores, Art. Obligaciones Solidarias 5. - Efectos del incumplimiento culpable de uno o mas codeudores El incumplimiento de la obligación por causa imputable a uno o a varios codeudores, no libera a los demás de la obligación de pagar solidariamente el valor de la prestación debida. Osterling, F.,Castillo,F. Obligación divisible es la que tiene por objeto prestaciones susceptibles de cumplimiento parcial, , lo que depende de la posibilidad material o física de fraccionarla 4.  Cada acreedor solo puede exigir su cuota del crédito. Osterling, F. & Castillo, M. (2008).Compendio de derecho de las obligaciones.Lima:paslestra Rodríguez, C., Bercovitz, R. (1973).Anuario de Derecho Civil. La Situación en las Obligaciones de los sujetos únicos Al hablar del concepto de las obligaciones indivisibles y divisibles ya apuntábamos cómo éste conectaba estrechamente con la existencia de una pluralidad de acreedores o de deudores en la relación obligatoria. Se dice que la solidad es legal cuando existe pleno derecho en virtud de una norma jurídica. Deudores: mancomunidad pasiva 1. De esta forma, cuentos obligaciones parten de un primer punto para su calificación, esto es, sil a prestación es susceptible de división o no lo es. En este caso, de resultar insolvente dicho codeudor, la deuda se distribuiría en porciones iguales entre los demás codeudores, o la asumiría íntegramente un único codeudor, si todos los demás fuesen insolventes. 2 Concepto. las obligaciones de sujeto plural son denominadas mancomunadas : “ la obligación que tiene más de un acreedor o más de un deudor, y cuyo objeto es una sola prestación, es obligación mancomunada, que puede ser o no solidaria”. relación obligatoria. Casos de obligaciones simplemente mancomunadas previstos por el Código. 8.2. La Situación en las Obligaciones de los sujetos únicos ..................... 19 1.8.4. 2.12.1.2. .pdf. 4. 2.12.3. La mancomunidad es la regla, la solidaridad es la excepción. De los Bienes. No tiene por qué demandar a todos, si esa es su decisión. 2.12.1. La renuncia a la solidaridad ............................................................................ 53 2.14.1. De acuerdo a los Artículos del Código Civil sobre las Obligaciones 1.9.1. b) Formas de renuncia a la prescripción Osterling, F.,Castillo,F. - Una vez ejecutada la obligación solidaria por el pago de la prestación, a cargo de uno de los deudores, quien pago tiene su derecho expedito, para repetir contra sus codeudores, produciéndose en consecuencia dos situaciones jurídicas: acción de reembolso y Acción Subrogatoria codeudores. Cumplimiento: el principio nominalista. Como consecuencia, la solidaridad no se aplica por analogía y en caso de duda debe declararse la mancomunidad. - Excepciones oponibles a acreedores o deudores solidarios A cada uno de los acreedores o deudores solidarios solo pueden oponérseles las excepciones que les son personales y las comunes a todos los acreedores o deudores . A falta de régimen específico que regule las obligaciones disyuntivas, les son aplicables las reglas atinentes a las obligaciones solidarias en todo lo que sea compatible con su propia naturaleza jurídica. Oposición del beneficio de la división en las Obligaciones Mancomunadas. Entre el acreedor y los deudores solidarios: Es la forma normal de extinguir las obligaciones. En el crédito: mancomunidad activa 2. Si alguno de estos resultare insolvente, no estarán los demás obligados a suplir su falta (Aranau, 2009, p.30). - Están orientadas a producir la nulidad de acto jurídico, porque los efectos no son validos, como sucede en el caso del imposible jurídico del objeto de la prestación por su inexistencia, o también cuando intervienen sujetos de incapacidad absoluta o, si hay vicios que atenten contra la norma. 9. Sin embargo, fragmentadas, su valor total no se mantiene, ya que dicho valor se potencia por ser las cincuenta perlas el número justamente necesario para hacer un collar: sin él no se puede realizar y el valor disminuye. 1. Dentro del régimen nacional, la constitución en mora de uno de los deudores o acreedores solidarios no surte efecto respecto a los demás; en tanto que la constitución en mora del deudor por uno de los acreedores solidarios, o del acreedor por uno de los deudores solidarios, favorece a los otros. Periodo entreguerras, La Mecánica y el Entorno etapa 1, semana 1, semana 2 y semana 3, Linea del tiempo de la evolucion de la biologia, 1.5 Comparación de los conceptos costo, gasto, pérdida, utilidad e inversión, 8 Todosapendices - Tablas de tuberías de diferente diámetro y presiones. La renuncia a la solidaridad 2.14.1. Alcances de la renuncia a la prescripción Osterling, F.,Castillo,F. El hecho que el acreedor emplace a uno de los deudores para que le pague, no impide, para que con posterioridad, pueda emplazar a cualquiera de los deudores solidarios para que el pago del crédito en aplicación de los que se llama derecho de persecución del derecho de total del crédito (Art. existen varios deudores y/o varios acreedores y cada uno está facultado para - Por Renuncia De La Solidaridad. Volumen 26. Principios básicos de las obligaciones solidarias 2.3.1. En la deuda: mancomunidad pasiva A) Formal B) Material A) El objeto de la obligación es divisible Si un condómino contrae deudas en beneficio de la comunidad, es el único obligado frente a un tercero acreedor pero tiene acción contra los otros para el reembolso de lo pagado. Si A vende un caballo a B y C, solo quedará liberado de su obligación si entrega el animal a ambos. Obligaciones mancomunadas Las obligaciones mancomunadas (llamadas también 'conjuntas",*manco- rmunadas simples", 'parciaies', Yobligaciones disjuntas", pro parte o a pro rata) "ota GENERA. Aspecto General ..................................................................................................... 10 1.2. Si se trata de varios acreedores, hablamos de la solidaridad "activa" si hablamos de varios deudores, se denomina solidaridad " pasiva". - Efectos de la sentencia de juicio entre acreedores y deudores La sentencia pronunciada en el juicio seguido entre el acreedor y uno de los deudores solidarios, o entre el deudor y uno de los acreedores solidarios, no surte efecto contra los demás codeudores o coacreedores, respectivamente. Obligaciones indivisibles. Si se hubiese establecido como fecha de cumplimiento de una obligación el 10 de octubre del año 1998, ello implicaría que desde ese día la obligación fue exigible y, en consecuencia, que el acreedor, también desde esa fecha, tendría diez años en la hipótesis de que éste fuera el plazo prescriptorio para cobrarla. No se concibe que un deudor se continúe debiendo a sí mismo” (Osterling y Castillo, 2008, p. 351). Las obligaciones simplemente conjuntas o mancomunadas son aquellas en que Ej. Entre sus principales características se encuentra: OBLIGACIONES MANCOMUNADAS: Llamadas también parciarias, aquellas que están constituidas por varios acreedores contra uno o varios deudores o viceversa con la particular que cada deudor especifico se libera de la obligación pagando la parte proporcional de su debito ante la persecución del acreedor singular por la cuota de su crédito. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. Si nada se ha estipulado, responden por partes iguales. 1197 Es mancomunada la obligación entre muchos acreedores cuando el título da expresamente a cada uno de ellos el derecho de pedir el pago de todo el crédito, y cuando el pago hecho a uno de ellos deja libre al deudor, aun cuando el beneficio de la obligación sea partible y divisible entre varios acreedores.". El artículo 1173 del Código Civil Peruano, contiene una presunción acerca de lo que se entiende por obligaciones divisibles. En este supuesto, el lema de la compensación reviste especial interés, a tal punto que la doctrina hasta la actualidad no se ha puesto de acuerdo sobre los alcances de la solidaridad, es decir, si un deudor solidario tendría derecho a oponer la compensación nacida del crédito de otro codeudor solidario. Constituyendo la solidaridad una excepción al principio de la división de la deuda. 1. Clases de obligaciones solidarias ..................................................................... 33 2.4.1. Cualquiera de los acreedores puede exigir el pago de la deuda. Este caso tiene lugar cuando la prestación es indivisible y la misma ha de ser exigida conjuntamente por la pluralidad de acreedores o cumplido por la pluralidad de deudores. 1. La relación obligatoria requiere la existencia de dos sujetos, dos posiciones subjetivas; si bien cada una de ellas puede estar integrada por una pluralidad de personas. Divisibilidad del objeto La prestación debe ser una y divisible. Así, por ejemplo, si hubiese ganado nueve años (de los diez que establece la ley), podría enviar una carta a «A», indicándole que renuncia a uno solo de los días de la prescripción que ha ganado, con lo que en vez de tener nueve años conservaría ocho años con trescientos sesenta y cuatro días. Ello ocurre con los inmuebles, en los que si bien pueden ser divididos, aunque con limitaciones, si forma parte del objeto de una obligación de dar, tal obligación es indivisible. Conjuntivas: es una unión, ejemplo, cuando yo uno dos conductas con la Por tanto, se diría que la irrenunciabilidad dispuesta por el artículo 1990 del Código Civil pretende evitar que la prescripción rija a voluntad de parte. Detalle de clasificación CAECR. En algunos supuestos de ley de manera expresa consagra la mancomunación simple: a) Responsabilidad de los socios En la Ley General de Sociedades (art. Las reclamaciones entabladas contra uno, no serán obstáculo para las que posteriormente se dirijan contra los demás, mientras no resulte pagada la deuda por completo. - Reconocimiento de deuda por un deudor solidario El reconocimiento de la deuda por uno de los deudores solidarios, no produce efecto respecto a los demás codeudores. Este derecho que tiene el acreedor garantiza su crédito, porque tiene la facultad de dirigir su acción contra el más solvente y contra la persona más fácil de cobrar. Renuncia del acreedor a la solidaridad respecto de parte de los frutos o intereses ........................................................................................................... 54 2.15. En este orden de idea, la solidaridad pasiva, constituye las más sólida garantía personal. con los dos conjuntos, esta es una obligación conjuntiva, cuando yo digo, una Facultativas: la obligación en principio parece tener dos objetos, pero en realidad De acuerdo al código civil solo existe un artículo acerca de las obligaciones mancomunadas, pero ello no quiere decir que sea escasa la información (se recurrirá a doctrinarios extranjeros) puesto que las mancomunadas por regla general se regirán por las obligaciones divisibles con diferencia que habrá una pluralidad de sujetos. Se presume aprobada y recibida la parte satisfecha”. 660 código civil que rige el derecho sucesorio EL CONTRATO. Buenos Aires: argentina Osterling, F., Castillo, M. (2003).Tratado de las obligaciones .Lima: pontifica universidad católica del Perú Osterling, F. (2007). Módulo 2 - Semana 1 - Actividad Integradora 1 - Conocerme a mí mismo. Articulo 1189º. 7.6. Pluralidad de vínculos El vínculo que une a cada deudor o acreedor es independientemente por cada uno de ellos. En este caso, el deudor es el Banco. 4. En cambio, si el codeudor adujese que el acto jurídico celebrado es nulo por defecto de forma, ello sería común, y por lo tanto alcanzaría a todos; y si el juez lo declarara nulo, tal situación trascendería a los demás codeudores, conforme lo establece el artículo 1193. En ese caso el alquiler le corresponderá a cada uno según sus respectivos porcentajes. 1.8.4.2. [email protected] Acuerdo de partes Es de uso común en la práctica negocial que mediante un acuerdo de partes el acreedor se avenga a recibir pagos parciales. Clasificación. 1.8.3.1. Bogotá: Universidad Católica de Colombia Diez, L. & Gullon, A. Hechos Ilícitos propios: quien causa el daño es la misma persona que debe repararlo. e) Deudas de los condóminos Deudas en beneficio de la comunidad. En caso de que algún deudor exceda lo que le correspondía pagar puede repetir el pago, pero no se subrogará en los derechos del acreedor contra los demás deudores. Si la obligación es divisible, se divide entre los varios deudores o entre los varios herederos del deudor o entre los varios acreedores o los varios herederos del acreedor, según el caso y cada uno de los deudores o de los herederos del deudor solamente está obligado a pagar su parte, del mismo modo que cada acreedor o cada uno de los herederos del acreedor no puede demandar más que la suya pero en caso la obligación sea indivisible, cada uno de los deudores o de los herederos del deudor puede ser obligado a cumplirla íntegramente, y a la inversa, cada uno de los acreedores o de los herederos del acreedor puede exigir la ejecución total. Obligaciones conjuntas: los sujetos se vinculan mediante la conjunción "y . 2. y del Por lo demás, aquí se aplicaría, sin duda, lo previsto por el artículo 1204 del Código Civil, que analizaremos más adelante. Si el mandatario ha sido otorgado a dos o más personas, responden por su ejercicio en forma simplemente mancomunada, salvo pacto en contrario (art.1920).4) Condóminos. Régimen legal. De las primeras ya nos hemos ocupado, así que ahora trataremos de las simplemente mancomunadas (arts. Con arreglo al primero, cada uno de los deudores es deudor por el entero. - Modalidades de obligación solidaria La solidaridad no queda excluida por la circunstancia de que cada uno de los deudores este obligado con modalidades diferentes ante el acreedor, o de que el deudor común se encuentre obligado con modalidades distintas ante los acreedores. El acreedor tendrá derecho, sin duda, de exigir a cada uno de los herederos del deudor el cumplimiento de su parte en la obligación; pero aquel a quien se le encomendó cumplir la prestación, que está en posesión de la prestación debida o que adquiere el bien que garantiza la obligación, responde como si fuera heredero de deuda de prestación indivisible, aunque tiene luego el derecho de exigir a sus codeudores, cuando ello procediere, la restitución de sus partes. “Así las cosas, se distinguen dos límites en las resoluciones, uno subjetivo y otro objetivo. De lo contrario, estaremos en presencia de una obligación indivisible. Concepto .................................................................................................................. 10 1.3. En el primer supuesto el deudor puede exigir, para cumplir con los otros acreedores de prestación indivisible, que éstos reembolsen o le garanticen el reembolso de la parte de la prestación objeto de los actos previstos por el precepto, salvo que todos los coacreedores, conjuntamente, reciban el pago. Los mismos ejemplos mencionados podrían servir para ilustrar el caso de la pluralidad de acreedores. Las obligaciones.8°ed. “Entre la parciariedad y la mancomunidad se establece una presunción iuris tantum a favor de la primera, que no tendrá vigencia, cuando del texto de la obligación se deduzca lo contrario o cuando la prestación fuese indivisible” (Aranau, 2009, p.30). Cuando hay pluralidad de sujetos en la relación obligacional, esta, en cuanto a la naturaleza de la prestación, será de dar, de hacer o de no hacer, y podrá ser conjuntiva, alternativa o facultativa. Conceptualizar el término de obligación enmarcada, Transferencia Y Extinción De Las Obligaciones, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PATRON Y EL TRABAJADOR. 2.11. Solidarias, en las que cualquiera de los deudores debe pagar íntegramente la deuda, o cualquiera de los acreedores está facultado a la percepción íntegra del crédito. Hay una manifestación tacita de la voluntad. Obligaciones y contratos. Supuesto de insolvencia de algún codeudor El principio general, consignado en el primer párrafo del precepto, es que si algún codeudor fuese insolvente, su porción se distribuiría entre los demás, en estricta proporción a sus intereses en la obligación. d) Promesa de recompensa Atribución de recompensa. - «En las obligaciones divisibles, el crédito o la deuda se presumen Divididos en Tantas contradictorio Iguales Como Acreedores o deudores existan, reputándose Créditos o Deudas Distintos e indestructible pendientes de la unos a otros , salvamento que lo contrario resulte de la ley, el título de la obligación o las circunstancias del caso». Colombia: Hispamer. La obligación que tiene más de un acreedor o más de un deudor, y cuyo objeto es una sola prestación, es obligación mancomunada que puede ser, o no, solidaria. (p.117) Por lo que se afirma que la obligación mancomunada es la que se origina cuando el crédito o la deuda se encuentran en mano común. ÍNDICE ¿Qué entendemos por obligación mancomunada? Y si es varios acreedores a Volumen II.6°ta.ed. Comercialización de escáner de imágenes tridimensionales del cuerpo humano, lectores de microchips, tableta - computadora portátil, lentes de realidad virtual, monitores y pantallas, escáner y cámaras, calibrador y lupa . Articulo 1197º. 1) Pluralidad de sujetos: que puede ser originaria (cuando varias personas se obligan mediante un contrato) o derivada (cuando por fallecimiento de uno de los sujetos singulares lo suceden en el nexo obligacional sus herederos). (2008):Configurada la suspensión, el curso de la prescripción se detiene o paraliza, pero con efectos para el futuro, pues se conserva la eficacia del tiempo transcurrido (380). 2.15. Un deudor solidario puede oponer al demandante su propio crédito y así compensar, pudiendo luego repetir contra los demás codeudores (Osterling y Castillo, 2008, p. 370). 1. Transcurrido ese lapso sin que el acreedor la intente cobrar, la obligación dejaría de ser civil para convertirse en una natural. Renuncia del acreedor a la solidaridad respecto de parte de los frutos o intereses En este caso, no perderá la solidaridad respecto de dicho deudor con relación al capital adeudado, sino solamente sobre los frutos o intereses devengados. 1.9.2.  Unidad de Prestación (debe ser una sola la cosa debida). Por la solución o pago efectivo, pago o solución, formas, definición, requisitos y ejemplos. Obligaciones Conjuntas o Mancomunadas 4. 2. - Carácter expreso de solidaridad La solidaridad no se presume. Por último, como tercer supuesto: «D» renuncie a parte de la prescripción que ha ganado. Rodriguez Cano y Rodrigo Bercovits (1973) (juristas españoles) realizan unos ejemplos acerca de la divisibilidad e indivisibilidad. (p.160) Asimismo acerca de la indivisibilidad se pudiera llamar natural o derivada de la naturaleza de la prestación a cumplir. 1.9.3. Los que sucedan a un crédito indivisible podrán exigir, cada uno de ellos, la entrega total del objeto. Efectos de las obligaciones simplemente conjuntas o mancomunadas son: ; Lo establece como principio general, aunque en la práctica no suele ser así: - Cada uno de los acreedores sólo puede exigir o reclamar del deudor la parte que le corresponde en el crédito (mancomunidad activa) - Cada uno de los deudores sólo está obligado a cumplir la parte de la deuda que le corresponde. En otras palabras: no existe la llamada propagación de efectos en orden a la exigibilidad, el pago, la prestación liberatoria, el incumplimiento por causas imputables a un deudor, y los restantes modos extintivos. - Prorrateo de insolvencia de un codeudor Si el acreedor renuncia a la solidaridad respecto de uno de los deudores, y alguno de los otros es insolvente, la parte de este se distribuye a prorrata entre todos los codeudores, comprendiendo a aquel que fue liberado de la solidaridad. Articulo 1183º. Articulo 1193º. Consideramos que esta solución sería evidente, ya que de optarse por el camino contrario se abrirían las puertas a eventuales fraudes. La Divisibilidad en las Obligaciones de sujetos plurales El fraccionamiento de la prestación en las obligaciones de sujeto múltiples Aquí se entremezclan dos cuestiones que confluyen de manera necesaria en el problema: (divisible/indivisible) debe y determinarse también mancomunados/solidarios). . Consisten en una manifestación de voluntad emanada del prescribiente reconociendo el derecho de aquel contra el cual prescribe o en una manifestación de voluntad del propio titular del derecho. Sin embargo, y tal como lo hemos podido apreciar de la lectura del artículo 1996 del Código Civil, existen determinadas situaciones que al configurarse determinan que se interrumpa el plazo prescriptorio.
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